lunes, 18 de febrero de 2008

EL USO DE NUESTRAS COSTAS

Este escrito que apareciera en El Nuevo Día explica y enseña muy bien el valor de nuestras costas. Lo cual sirve de base para entender, no sólo nuestra oposición al crecimiento desordenado en P.R., ni a Paseo Caribe ó Costa Serena, sino que sirve para poder evaluar las debilidades de nuestra legislatura --floja, enqluenque, demagoga, irresponsable y desacreditada por derecho propio--.

Ahora es tiempo de primarias, luego será tiempo de escoger una nueva legislatura. Ello conlleva el determinar si seguimos permitiendo que los partidos políticos, egoítas y meros traficantes y usurpadores de poder, continúen controlando la legislatura o si elegimos a gente que lean, entiendan y se comprometan a servir al pueblo.
LA REVISTA / 11
Domingo 17 de Febrero de 2008 / EL NUEVO DÍA
eslabón
EL USO DE NUESTRAS COSTAS
Para poder comprender el debate sobre la zona marítimo-terrestre es importante primero ver los componentes de las costas puertorriqueñas
POR MARIAN GONZÁLEZ
En los pasados años y con mayor frecuencia en estos últimos meses han salido a relucir públicamente controversias relacionadas al mejor uso, para el beneficio de todos, de nuestras costas. Esto de forma muy singular en la llamada zona marítimo-terrestre. El término se ha mencionado en proyectos como Paseo Caribe, Costa Serena, los propuestos para el Corredor Ecológico del Noreste, algunos en Dorado, en Ocean Park, en fin, en numerosas obras de construcción alrededor de la Isla.

Para poder comprender, asumir posturas o emitir opiniones sobre un tema tan complejo es importante primero ver los componentes de las costas puertorriqueñas y además entender el significado de algunos términos.

Las costas de Puerto Rico tienen una extensión de aproximadamente 550 millas de largo y forman parte de 43 municipios. En ellas se encuentran acantilados y promontorios rocosos, playas arenosas y de grava, islotes y cayos, entre otros rasgos geográficos. Por ello encontramos diversos ecosistemas tales como arrecifes de coral, praderas de yerbas marinas, estuarios, lagunas, manglares y bosques costeros. Con el cambio sufrido por la economía de la Isla a partir de la década del 50, la zona costera tuvo una de las mayores transformaciones que ha experimentado el paisaje natural de Puerto Rico. Gran parte de los terrenos de uso agrícola fueron abandonados. Miles de personas se trasladaron del interior de la Isla hacia la costa en busca de empleo. Los terrenos agrícolas más fértiles, que se encontraban en las costas, fueron utilizados para viviendas de esa población que bajaba de los campos en busca de nuevas oportunidades.

Es precisamente en la zona costera también donde se comienzan a establecer la mayoría de las industrias y los comercios. La importación y exportación de gran parte de los productos de consumo a través del transporte marítimo y portuario, el desarrollo de la industria turística basada en amenidades de sol y playa y la extracción de arena de las playas para la industria de la construcción, entre otras actividades, impusieron una carga sin precedentes sobre los recursos costeros de Puerto Rico. Esta situación se agrava a medida que el desparrame urbano se extiende hacia áreas aledañas a estuarios, lagunas y playas.

A su vez y más recientemente, la evaluación fragmentada de proyectos ha provocado que no se consideren los impactos acumulativos de las actividades humanas en la zona costera. Por otro lado, los conflictos entre diversos sectores de la ciudadanía, cada uno con intereses particulares, se han hecho cada vez más frecuentes a medida que aumentan las presiones de desarrollo sobre la costa. Es necesario entonces decidir cuáles actividades resultarán en un mejor aprovechamiento de este recurso indispensable para la sociedad.

Antes de entrar en consideraciones legales o definiciones jurídicas de los componentes de la costa, debemos tomar en cuenta la realidad natural de esta zona y cómo el ser humano con sus acciones puede alterarla. Esto puede poner en riesgo la vida y la propiedad de muchos que viven en este entorno. El científico ambiental, Luis Jorge Rivera Herrera, explica que "en ocasiones se construyen edificaciones asumiendo que el litoral costero es un terreno estable y permanente. Sin embargo, cada segmento de playa o costa es único, y responde de diversas maneras a las mareas, las olas, las corrientes y el viento, entre otros factores que rigen su formación. Estas fuerzas hacen que el litoral costero se encuentre en un proceso de cambio constante, extendiéndose o reduciéndose, transformando así su topografía y posición con respecto al nivel del mar".

Aurelio Mercado, oceanógrafo experto en riesgos costeros del Programa Sea Grant en el Recinto Universitario de Mayagüez, presenta un panorama todavía más problemático del impacto humano en las costas.

Explica Mercado que "el nivel del mar en la zona norte de Puerto Rico ha estado subiendo a una razón de 1.43 milímetro por año entre 1962 y 1999. Y en la costa sur, entre 1955 y 1999, a una razón de 1.24 milímetros por año".

Pero añade que "de 2000 hasta ahora, si uno analiza los datos de promedios mensuales de la elevación del mar de ambos lugares, los resultados arrojan un sorprendente 6.8 y 7.3 milímetros por año para la costa norte y la costa sur, respectivamente, para estos últimos 8 años. Estos dos valores son más del doble del promedio global observado por satélites durante los últimos años".

Ya utilizando las definiciones para los términos relacionados a las costas vemos que el Reglamento para el aprovechamiento, vigilancia, conservación y administración de las aguas territoriales, los terrenos sumergidos bajo éstas y la zona marítimo-terrestre (ZMT) del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, define playa como "ribera del mar o del océano formada de arena no consolidada, ocasionalmente grava y pedregales en superficies casi planas, con pendiente suave, con o sin vegetación característica".

De igual forma, al definir ZMT la asesora ambiental Lirio Márquez expone que "las leyes y reglamentos en vigor utilizan la definición de zona marítimo-terrestre contenida en la antigua Ley de Puertos de 1866, que responde a la realidad de las costas españolas. La Ley Española define la zona marítimo-terrestre como el espacio que bañan las olas en su flujo y reflujo donde son sensibles las mareas, y donde no lo son, las olas más altas de los temp o ra l es ". Es importante destacar aquí dos circunstancias diferentes; donde son sensibles las mareas y donde no lo son.

Continúa diciendo Márquez: "esta definición no refleja nuestra realidad antillana. En la costa cantábrica de España, donde la diferencia entre marea alta y marea baja es de decenas de metros, la sensibilidad de las mareas es evidente. En nuestro país esa diferencia es de apenas pulgadas".

De la misma forma aclara Márquez que: "igualmente, en nuestro entorno tropical, sujeto a diversas
categorías de huracanes, las olas más altas en los temporales no especifica si son las de una vaguada, las
producidas por una onda tropical, por una tormenta o las que genera un huracán (cualquiera que sea la
categoría)".

Es fundamental enfatizar entonces que los términos que adoptamos hoy para definir las costas tienen su origen en las leyes españolas a veces cuando su realidad no es la misma nuestra .